En cumplimiento a lo estipulado en la Ley 1622 de 2013, modificada con la Ley Estatutaria 1885 de 2018 y la Circular Conjunta Externa CIR2020-15-DDP-2100 del 26 de febrero de 2020, proferida por la Ministra del Interior y el Registrador Nacional, le confiera las facultades a las Autoridades Territoriales y Registraduría Nacional del Estado Civil, la planeación, organización y ejecución de las elecciones de Consejos Locales y Municipales de Juventudes, que se llevarán a cabo el próximo 8 de noviembre de 2020.
Con ocasión a la ampliación de las medidas implementadas a través del Decreto 531 del 08 de abril de 2020, por parte del Gobierno Nacional, y que a pesar del confinamiento decretado, las actividades contempladas en el Calendario Electoral, fijadas en las Resoluciones No. 2031 de 2020, modificada por No. 2563 del 11 de marzo de 2020 no se pueden suspender, por lo tanto, es indispensable la colaboración armónica de las instituciones educativas de orden medio y superior, donde se concentran la mayoría de los jóvenes en edades de 14 a 28 años, que es el grupo objetivo donde se ejecutarán las distintas actividades encaminadas para la realización de estos comicios.