Resolución del 14 de enero de 2008 por medio de la cual se levanta una restricción temporalmente.



REPUBLICA DE COLOMBIA
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PEREIRA
Rectoría

08


14 de enero de 2008

Por medio de la cual se levanta una restricción temporalmente


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales, y


CONSIDERANDO


Que a través del Acuerdo del Consejo Académico No. 25 de 2007 se establece el calendario correspondiente a los cursos intersemestrales y las fechas de procedimiento para inscripción de asignaturas y ajustes a la matrícula para el primer semestre académico de 2008.

Que en dicho acto administrativo se aprueba como fecha límite para el pago de matrículas hasta el día 15 de enero de 2008.

Que la Universidad Tecnológica de Pereira a través de la Resoluciones No. 5560, 5561 y 5630 de 2007 decretó vacaciones colectivas dentro del periodo comprendido entre el 24 de diciembre de 2007 hasta el 16 de enero de 2008 inclusive.

Que todo estudiante debe estar a paz y salvo por todo concepto con la Universidad para que pueda culminar su proceso de matrícula.

Que como consecuencia de las vacaciones de los funcionarios tanto de las áreas académicas como administrativas que deben expedir los paz y salvos requeridos para la matrícula, no se encuentran laborando en la fecha límite que tienen los estudiantes para desarrollar tal proceso, haciéndose imposible que estos puedan obtener tales validaciones para matricularse.

Que la Universidad debe crear los mecanismos necesarios para permitir que los estudiantes que se encuentren en tales situaciones puedan realizar su matrícula dentro de la fecha estipulada para ello.

Que en todo caso los estudiantes que no se encuentren a paz y salvo con la Universidad deberán resolver las situaciones financieras o académicas dentro del plazo establecido, de lo contrario la institución aplicará las normas internas que rigen el proceso de matrícula.

Que se hace necesaria la expedición del acto administrativo que contenga la decisión anunciada.

Que con base en las consideraciones anteriores,


RESUELVE:


PRIMERO: Levantar temporalmente la restricción a los estudiantes que pagan la matrícula correspondiente al I SEMESTRE del año 2008, en el sentido que podrán realizar tal proceso sin la restricción de poseer paz y salvo de las dependencias en las cuales se encuentre registrado con alguna obligación financiera o académica registrada en el sistema.

SEGUNDO: Ordenar que todos los estudiantes a quienes se les permita el pago de la matrícula correspondiente al I SEMESTRE del año 2008 y que tienen obligaciones financieras o académicas registradas en el sistema deben aportar los paz y salvos de las respectivas dependencias académicas o administrativas a la División Financiera hasta el 23 de enero de 2008.

TERCERO: No se causarán costos adicionales por matrícula extemporánea a aquellos estudiantes que en virtud de la situación descrita anteriormente tengan que realizar dicho proceso por fuera del plazo indicado en el Acuerdo 25 de 2007.


Publíquese y Cúmplase


Dada en Pereira hoy 14 días del mes de enero de 2008


LUIS ENRIQUE ARANGO JIMÉNEZ
Rector