La Secretaría General informa a toda la comunidad universitaria que por medio de la Resolución No. 1821 del 21 de marzo, se adopta el Calendario Electoral para el año 2006 y se dictan otras disposiciones.



No. 1821

(21 de marzo de 2006)


POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA EL CALENDARIO ELECTORAL PARA EL AÑO 2006 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial de las conferidas por el Acuerdo 11 del 2001, emanado del H. Consejo Superior Universitario y,


C O N S I D E R A N D O

Que en el Acuerdo 11 del 2001 del Consejo Superior se ordenó a la rectoría preparar un calendario electoral dentro del primer trimestre de cada año, procurando agrupar las elecciones para las diferentes representaciones de elección popular a realizarse en la universidad.

Que en dicho Acuerdo se establece que mientras se sincronizan todas las elecciones en una misma fecha, lo cual supone una implantación progresiva en la programación electoral, las elecciones para representantes a los Consejos Superior y Académico deben realizarse el mismo día.

Que las anteriores disposiciones y otras normas que regulan la actividad electoral en la universidad obligan a adoptar criterios y mecanismos que hagan posible el mejor cumplimiento de la voluntad del H. Consejo Superior.

Que en el propósito de unificar el calendario se tendrá que convocar a elecciones a representaciones cuyo período esté en curso y, en otros casos, con período vencido.

Que para facilitar el tránsito de normatividad y en aras de asegurar las diferentes representaciones, debe echarse mano de las normas de función pública conforme a las cuales, las representaciones con período vencido cuya elección no se hubiere convocado continuarán ejerciendo sus cargos en la plenitud de sus atribuciones hasta tanto se posesione su reemplazo debidamente elegido.

Que las elecciones a realizar en el presente año serán únicamente aquellas cuyo período expire en la presente vigencia.


R E S U E L V E


ARTICULO PRIMERO:
Adoptar el siguiente calendario electoral de las elecciones internas en la universidad para el año 2006:

JUNIO 01: ELECCIONES PARA COMITES:

1. Representantes por elección al Comité de Bienestar Universitario.
2. Representantes por elección en los Comités Curriculares.
3. Representantes por elección al Comité Administrativo.
4. Representantes por elección al Comité Central de Investigaciones.
5. Representantes por elección al Comité Central de Extensión Universitaria
NOVIEMBRE 03: ELECCIONES PARA CONSEJOS:

1. Representantes profesorales, estudiantiles, de directivos académicos y de empleados administrativos en los Consejos Superior y Académico.
2. Representantes profesorales, de egresados y estudiantiles en los Consejos de Facultad.

ARTICULO SEGUNDO: Los funcionarios competentes para convocar a las elecciones de que trata la presente resolución expedirán los actos de convocatoria con un mes de anticipación a la fecha indicada en el calendario electoral, atendiendo a las disposiciones que rigen las respectivas convocatorias.

ARTICULO TERCERO: Los funcionarios de elección popular que a la fecha del presente acto tuvieren vencido su período o se venza antes de la fecha prevista para las elecciones, conservarán la plenitud de sus atribuciones hasta tanto se posesione debidamente el elegido que deba reemplazarlo.

ARTICULO CUARTO: Los períodos de los funcionarios elegidos comenzarán a contarse a partir de la fecha de su posesión, respetando en todo caso el período de quien está en ejercicio del cargo, procurando que ésta se realice el mismo día respecto de todas las representaciones.

ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.


Publíquese, Comuníquese y Cúmplase


Dada en Pereira a los veintiún (21) días del mes de marzo de dos mil seis.



Luis Enrique Arango Jiménez
Rector



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