En sesión de la Sala Plena realizada por la Corte Constitucional el pasado martes 6 de septiembre se declaró inexequible la concertación y el acuerdo con los rectores de las universidades públicas nacionales y territoriales para la redistribución de los recursos presupuestales que ordena la Ley 30 a través de indicadores de gestión.



En el artículo 84 de la Ley 812 de 2003 del Plan de Desarrollo, se ordena al Gobierno que redistribuya, de todo el presupuesto asignado para las universidades (Ley 30 de 1992), hasta el 12% de los recursos por indicadores de gestión concertados con los rectores tales como: cumplimiento de metas, cumplimiento de planes de mejoramiento, eficiencia, cobertura, número de cupos, programas acreditados, publicaciones docentes, recursos propios, etc.

La Corte tomó esta decisión manifestando que este artículo va en contra de la autonomía universitaria consignada en el artículo 69 de la Constitución Nacional donde afirma que las universidades se darán sus propias directivas y se regirán por sus propios estatutos de acuerdo con la Ley la cual establece un régimen especial para las universidades del Estado.

Aunque la autonomía de las universidades no es absoluta, sí tienen la autoridad para autogobernarse y autodeterminarse sin la intervención de entes externos en los ámbitos académicos, ideológicos, administrativos y financieros.

“La Corte encontró que si la norma acusada busca garantizar la calidad de los estudios y las investigaciones a través de los resultados de gestión, la medida adoptada no es adecuada para lograr tal fin, al constituir una injerencia indebida del Gobierno que atenta contra la autonomía universitaria garantizada por la Carta. Esto, por cuanto sujeta la aplicación y distribución de unos recursos propios a unos criterios de gestión que no puede definir autónomamente cada universidad sino que tienen que hacerlo con el Gobierno”, afirmó la Corte en comunicado de prensa.

Con este fallo de la Corte, los aportes del Presupuesto Nacional y de los entes territoriales para funcionamiento e inversión de las universidades se distribuirán en un 100% según lo afirma de Ley 30 de 1992, sin tener en cuenta los indicadores de gestión.

“Esta es una excelente decisión. Aunque las universidades estamos de acuerdo con los indicadores de gestión, pero no sobre la base de redistribución de los recursos de la Ley 30, sino que estos operen a través de nuevos recursos que el Estado aporte para la educación”, asegura el Rector de la Universidad Tecnológica de Pereira, Ing. Luis Enrique Arango Jiménez.