La Secretaría General informa a toda la Comunidad Universitaria que hasta el viernes 8 de abril de 2005, se encuentran abiertas las inscripciones de los candidatos para las elecciones de los diferentes comités convocadas mediante Resolución No.1237 las representaciones son las siguientes:
1) COMITÉ ELECTORAL
Un Representante Profesoral
2) COMISIÓN DE PERSONAL
Un Representante de los Empleados Administrativos
3) COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
Cuatro Representantes del total de Empleados de la Universidad Docentes, Empleados Administrativos y Trabajadores Oficiales (con sus
respectivos suplentes)
4) COMITÉ DE INVESTIGACIONES Y EXTENSIÓN
Cinco Representantes Profesorales
5) COMITÉ INTERNO DE ASIGNACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE PUNTAJE
Dos Representantes Profesorales (Asociados o Titulares y Transitorios de medio tiempo o tiempo completo que tengan la misma categoría )
6) COMITÉ COORDINADOR DE AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN
Un Representante de los Estudiantes miembro de los Comités Curriculares.
1237
22 de marzo de 2005.
Por medio de la cual se convoca a elecciones de Comités.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y
CONSIDERANDO:
Que según Resolución de Rectoría No. 701 del 04 de febrero de 2005, se adoptó el Calendario Electoral para el año 2005.
Que se hace necesario Convocar a Elecciones a los Profesores, Estudiantes, Empleados Administrativos y Trabajadores Oficiales para elegir a sus representantes según corresponda ante los siguientes Comités:
1) COMITÉ ELECTORAL
- Un Representante Profesoral
2) COMISIÓN DE PERSONAL
- Un Representante de los Empleados Administrativos
3) COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
- Cuatro Representantes del total de Empleados de la Universidad Docentes, Empleados Administrativos y Trabajadores Oficiales (con sus respectivos suplentes)
4) COMITÉ DE INVESTIGACIONES Y EXTENSIÓN
- Cinco Representantes Profesorales
5) COMITÉ INTERNO DE ASIGNACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE PUNTAJE
- Dos Representantes Profesorales (Asociados o Titulares y Transitorios de medio tiempo o tiempo completo que tengan la misma categoría )
6) COMITÉ COORDINADOR DE AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN
- Un Representante de los Estudiantes miembro de los Comités Curriculares.
Que las Normas Estatutarias no han atribuido expresamente la competencia para convocar elecciones en los Comités a que se refiere esta Resolución; y en consecuencia por atribución residual corresponde convocarlas al Rector.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Convocar a elecciones a Profesores, Estudiantes, Empleados Administrativos y Trabajadores Oficiales para elegir sus representantes ante los Comités mencionados en la parte considerativa.
PARAGRAFO: Los aspirantes profesorales para el Comité de Investigaciones y Extensión serán elegidos entre aquellos que tuvieren registrado Proyecto de Investigación.
ARTICULO SEGUNDO: MECANISMO DE ELECCIÓN: Las elecciones serán mediante mecanismo de planchas para la representación ante el Comité de de Asignación y Reconocimiento de Puntaje y el Comité Paritario de Salud Ocupacional; las demás representaciones serán por sistema nominal.
ARTICULO TERCERO: INSCRIPCIONES: Las planchas y candidatos deberán inscribirse en la Secretaría General de la Universidad Tecnológica de Pereira, en forma escrita hasta el día viernes 08 de abril de 2005.
ARTICULO CUARTO: DESIGNACIONES DE JURADOS: La Rectoría designará por medio de Resolución los jurados para las mesas de votación, cuya designación es de obligatorio cumplimiento.
ARTICULO QUINTO: UBICACIÓN DE LAS MESAS DE VOTACIÓN: Las mesas de votación se ubicarán en el acceso principal de la Biblioteca Jorge Roa Martínez, en la Facultad de Medicina, el Hospital Universitario San Jorge y el Edificio Administrativo.
ARTICULO SEXTO: FECHA Y HORARIO DE ELECCIÓN: Las elecciones de que trata la presente resolución se llevarán a cabo el día jueves 21 de abril de 2005, así:
1) COMITÉ ELECTORAL
- Un Representante Profesoral
De las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las veinte (20:00) horas.
2) COMISIÓN DE PERSONAL
- Un Representante de los Empleados Administrativos
De las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las dieciocho (18:00) horas.
3) COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
- Representantes de los Trabajadores Oficiales
- Representantes de los Empleados Administrativos
De las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las dieciocho (18:00) horas.
- Representantes de los Docentes
De las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las veinte (20:00) horas.
4) COMITÉ DE INVESTIGACIONES Y EXTENSIÓN
- Cinco Representantes Profesorales
De las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las veinte (20:00) horas.
5) COMITÉ INTERNO DE ASIGNACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE PUNTAJE
- Dos Representantes Profesorales
De las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las veinte (20:00) horas.
6) COMITÉ DE COORDINADOR DE AUTOEVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN
- Un Representante de los Estudiantes miembro de los Comités Curriculares.
De las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las veinte (20:00) horas.
PARAGRAFO: La Urnas que se ubicarán en la Facultad de Medicina tendrán un horario de las ocho (8:00) a las doce (12:00) y de las catorce (14:00) a las dieciocho (18:00) horas; y las del Hospital Universitario San Jorge de las ocho (8:00) a las doce (12:00) horas.
ARTICULO SEPTIMO: LISTADO DE LOS SUFRAGANTES: La División de Sistemas, el Centro de Registro y Control Académico, la División de Personal y el Centro de Investigaciones y Extensión prepararán oportunamente las listas de los sufragantes.
ARTICULO OCTAVO: DE LOS ESCRUTINIOS: Los jurados realizarán el escrutinio de las mesas correspondientes en audiencia pública y contabilizarán el total de votos para cada plancha, procediendo a aplicar el cuociente electoral, o para el candidato según el caso.
PARAGRAFO: CUOCIENTE ELECTORAL: El cuociente electoral es el número que resulte de dividir el total de los votos válidos por el número de puestos a proveer. La adjudicación de puestos a cada lista se hará en el número de veces que el cuociente quepa en el respectivo número de votos válidos. Si quedaren puestos por proveer se adjudicarán a los mayores residuos, en orden descendente.
ARTICULO NOVENO: COMUNICACIÓN DE RESULTADOS: De los resultados se levantará un acta que firmada por los jurados, se remitirá a la Rectoría para lo de su competencia.
ARTICULO DÉCIMO: Producido el resultado de la elección el Rector nombrará por medio de acto administrativo, los Representantes elegidos
ARTÍCULO UNDÉCIMO: DEL APOYO LOGISTICO: La Sección de Mantenimiento Coordinará y dispondrá lo necesario al apoyo logístico del certamen electoral.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Envíese copia del presente acto a los miembros del Comité Electoral de que tratan los acuerdos de Consejo Superior 011 y 025 de 2001.
Publíquese y Cúmplase
Dada en Pereira hoy: 22 de marzo de 2005.
LUIS ENRIQUE ARANGO JIMÉNEZ
Rector