Circular enviada por la Secretaría General a las dependencias academicas y administrativas sobre el Derecho fundamental de petición.



Dentro de las acciones preventivas de la Secretaría General se ha identificado la necesidad de circular a todas las dependencias de la universidad sobre la importancia del Derecho Fundamental de Petición que puede presentar cualquier persona y que debe atenderse a la mayor brevedad posible, sin que se excedan los plazos legales para decidir, resolviendo siempre de fondo el objeto de la misma. No hay que confundir la decisión de fondo con la decisión positiva o favorable de lo pedido pues este derecho se cumple cuando al peticionario se le resuelve favorable o desfavorablemente lo pedido.

Es muy importante preservar los derechos fundamentales de los asociados, por ser obligación constitucional, un deber legal de imperativo cumplimiento y una exigencia filosófica que declaran nuestros estatutos y misión institucional.

Toda persona puede presentar cuantos derechos de petición requiera y es nuestro deber atenderlos a la mayor brevedad posible, manteniendo la debida cortesía y respeto para con los peticionarios.

Se solicita muy encarecidamente que todas las dependencias que reciban, tramiten o atiendan un derecho de petición informen de la solicitud y sui respuesta a la Secretaría General para levantar la información del uso y atención de este Derecho Fundamental.

Finalmente, se reitera nuestra disposición a brindarles la asesoría y apoyo que requieran para la oportuna atención de las peticiones que lo requieran.


Carlos Alfonso Zuluaga Arango
Secretario General