Comunicado enviado por ASPU.
Conócelo, asúmelo, apórtale, defiéndelo
ASPU Seccional Risaralda reitera el llamado a todo el profesorado de la UTP a conocer el Proyecto de Pliego de Peticiones elaborado y aprobado por la Junta Directiva de la Asociación, cuyo texto adjuntamos para segunda publicación y para que nos hagan conocer sus opiniones y nos formulen sus aportes, bien sea a través de Asambleas de Profesores o individualmente.
Igualmente recordamos a los afiliados a ASPU Seccional Risaralda, especialmente a los vinculados durante el presente año y a quienes han sido elegidos como Delegados, que están todos invitados a la Asamblea de Delegados donde se aprobará el Pliego de Peticiones, la cual se llevará a cabo el próximo miércoles 12 de agosto de 2009, en el Salón 3 del Centro de Visitantes
Pliego de peticiones que ASPU Risaralda presentará a la Universidad Tecnológica de Pereira en los marcos del decreto 535 de 2009.
1. AUTONOMIA UNIVERSITARIA
1.1. Solicitamos garantizar el ejercicio pleno de la autonomía universitaria establecida en la Constitución Nacional y en la Ley 30 de 1992, cuyos alcances han sido precisados por los fallos y sentencias de la Corte Constitucional. Se deben adelantar, con amplia participación profesoral, eventos especiales para analizar las nuevas legislaciones que puedan afectar la autonomía universitaria, como está sucediendo, por ejemplo, con la aplicación de la Ley 1188 de 2008.
1.2 Solicitamos que el Consejo Superior de la UTP se pronuncie públicamente en contra de la inclusión de la Educación Superior Oficial en los Tratados de Libre Comercio
2. DEMOCRACIA UNIVERSITARIA
2.1 Solicitamos la derogatoria del Acuerdo No. 06 de 29 de febrero de 2008 del Consejo Superior según el cual “se modifica el acuerdo 39 de 1994 que reglamenta la elección de decanos”.
2.2 Solicitamos se haga la elección directa de Decanos, Jefes de Escuela, Directores de Departamento y representantes profesorales a los diferentes Consejos, Comités y Comisiones tan pronto como se produzcan las vacantes.
2.3 Solicitamos se convoque inmediatamente a la elección del representante de los profesores para poner en funcionamiento la Comisión de Personal Docente contenida en el Título X, Capítulo IV del actual Estatuto Docente.
2.4 Cualquier reforma que se realice a los estatutos, normas y reglamentos internos en La Universidad deberá ser el resultado de un proceso de concertación. La representación de los docentes en la discusión y toma de decisiones en dichos espacios de concertación estará en cabeza de representantes, elegidos democráticamente, por las distintas instancias organizativas de ASPU. Entre los anteriores se contemplan: la formulación y ajustes anuales a los Planes de Desarrollo (general de la institución y de las Facultades) tal y como lo señalan los estatutos vigentes; elaboración y aprobación del Plan de Desarrollo Docente, tanto para el período 2008-2012, como para cada año en particular; preparación y elaboración del presupuesto anual de la UTP (General y por Facultades). Para adelantar reformas al Estatuto General y/o sus reglamentaciones debe conformarse una comisión tripartita (estudiantes, profesores y administración) y para lo correspondiente al Estatuto Docente una comisión bipartita (profesores y administración) que reciban las propuestas de reformas consideradas necesarias, las estudien e impulsen la discusión de ellas dentro de la comunidad universitaria y al final presenten las propuestas suficientemente sustentadas al Consejo Superior, para su aprobación o negación.
2.5 La Administración de la UTP velará por el permanente funcionamiento de los Comités establecidos estatutariamente; en particular, se pondrá inmediatamente en funcionamiento el Comité Electoral.
3. FOROS PERMANENTES SOBRE POLÍTICAS PÚBLICAS
3.1 La universidad, en coordinación con ASPU Risaralda, implementará un Foro Permanente sobre políticas públicas, con mesas de trabajo sobre temas como: planes de desarrollo, política macroeconómica, política laboral y de empleo, reforma política, modernización del sector agrario y del sector productivo, seguridad social (salud, pensiones y riesgos profesionales).
3.2 La universidad, en coordinación con ASPU Risaralda, implementará un foro permanente sobre situación y evaluación del sector educativo en su conjunto, políticas de desarrollo del sector y en particular las del sector universitario.
4. CALIDAD DE LA EDUCACION
4.1 Solicitamos que sean las Salas de Profesores y/o Comités Curriculares los que establezcan la cantidad máxima de estudiantes por asignatura teórica o teórico-práctica, taller, laboratorio, ronda, etc., que garantice el mantenimiento de la calidad académica de los diferentes programas de la institución.
4.2 Solicitamos garantizar los derechos que tienen los profesores, como son los de asistencia a eventos académicos y el disfrute de comisiones de estudio y años sabáticos, dando cumplimiento al Estatuto Docente sin que se presenten discriminaciones. Se solicita que en el rubro de capacitación docente
del presupuesto de la universidad se apropien los recursos necesarios y suficientes para este fin.
4.3 Solicitamos brindar permanente apoyo para la participación en eventos académicos locales, nacionales e internacionales a los profesores temporales sin ningún tipo de discriminación. Solicitamos reglamentar los apoyos a la capacitación académica en la formación de postgrados para los profesores temporales.
4.4 Solicitamos adelantar la capacitación de los docentes en áreas de la pedagogía y la docencia universitaria mediante cursos especiales, maestrías o doctorados.
4.5 Solicitamos que para mejorar la calidad académica de la institución, se le de aplicación a la figura de dedicación exclusiva, legal y estatutariamente establecida, con base en una reglamentación concertada entre la administración y ASPU Risaralda. En particular, la dedicación exclusiva se utilizaría como mecanismo para la vinculación de PHDs.
4.6 Solicitamos establecer los casos en los cuales no se exige la maestría como requisito para ser profesor de planta de tiempo completo o medio tiempo en la UTP.
4.7 Solicitamos que se de estricto cumplimiento y respeto a la reglamentación existente para la asignación de las comisiones de estudio de los profesores de planta de la UTP. Así mismo, que se aumente en el 30% los cupos establecidos anualmente para las comisiones de estudio.
4.8 Solicitamos que, para el adecuado y eficiente ejercicio de la actividad docente en asignaturas prácticas o teórico-prácticas, la Universidad provea, en forma suficiente y oportuna, la reposición de materiales y equipos para laboratorios y talleres, para compensar su uso extensivo e intensivo.
4.9 Solicitamos que se establezca, concertadamente, mecanismos de control que garantices la mayor objetividad posible en los procesos de evaluación docente.
5. REMUNERACION A LOS PROFESORES
5.1 Solicitamos al Consejo Superior y a la Administración de la UTP garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de las remuneraciones de todos los profesores de la Universidad (de planta, ocasionales de tiempo completo, y de medio tiempo, catedráticos, profesores del ILEX y de Deporte de los diferentes programas académicos), tal como lo manda la jurisprudencia de la Corte Constitucional para el período correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo vigente. En particular deben actualizarse los valores de la hora cátedra y de las remuneraciones a los profesores del ILEX y de Deporte de los diferentes programas académicos. En caso de que los decretos sobre salarios, que expida el gobierno nacional, no garanticen el mantenimiento del poder adquisitivo, como ya sucedió con los correspondientes a los años 2002 y 2003, solicitamos que la universidad asuma el faltante entre lo ordenado por el gobierno y el IPC del año inmediatamente anterior.
5.2 Solicitamos que la Administración de la Universidad adelante las gestiones que sean necesarias para que el ajuste salarial anual de los profesores correspondiente al año 2010 se realice en 15 puntos por encima del IPC causado en el año 2009, con el fin de recuperar el poder adquisitivo del salario perdido a partir del año 2002.
5.3 El salario de los docentes de planta y el de los profesores ocasionales que realicen actividades de docencia, investigación y/o extensión dentro de programas que la universidad esté ofreciendo de manera regular, se determinará aplicando el Decreto 1279 de 2002.
5.4 Solicitamos el reconocimiento en el menor tiempo posible de todos los puntos salariales que los profesores logren de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1279 de 2002 y en particular los puntos por experiencia calificada correspondientes al año 2008.
5.5 Solicitamos nivelar el valor de la Hora Cátedra teniendo en cuenta lo establecido en las universidades que reconocen el mayor valor y los títulos académicos.
5.6 Solicitamos que la Universidad Tecnológica de Pereira adicione a los contratos de los profesores catedráticos las horas remuneradas necesarias para la preparación de clases, la realización de evaluaciones y la participación en reuniones institucionales.
6. CONTRATACION DE NUEVOS DOCENTES
6.1 Solicitamos la realización inmediata de los concursos de méritos académicos, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 125 de la Constitución Política, para copar todos los cargos de la actual planta docente.
6.2 Solicitamos establecer políticas y criterios académicos claros, transparentes y públicos desde los Consejos de Facultad para la realización de los concursos de méritos que deben ser establecidos y conlleven a la vinculación de los profesores ocasionales y catedráticos.
6.3 Solicitamos que la Universidad Tecnológica de Pereira contrate a los profesores Ocasionales o Transitorios por períodos no inferiores a 11 meses al año.
7. SOBRE LA LABOR ACADÉMICA
7.1 Cualquier modificación a las condiciones de trabajo de los profesores debe ser el resultado de un proceso de concertación entre el profesorado, representado por ASPU Risaralda, y las directivas universitarias, conforme al artículo 3 del decreto 535 de 2009.
7.2 A los profesores ocasionales de Tiempo Completo y Medio Tiempo se les aplicarán las mismas normas establecidas para los profesores de planta, en cuanto a la asignación de carga académica se refiere.
7.3 Restablecer la limitación que existía en el estatuto docente, en relación con el número de 9 horas clase semanales, como el máximo, a contratar con un docente catedrático. Todos los docentes de la universidad que tengan una asignación de labor académica mayor a 9 horas de clase semanales, deberán estar vinculados como profesores de medio tiempo o de tiempo completo.
7.4 Solicitamos que a los profesores que resulten elegidos representantes en los consejos de facultad y otros comités y órganos colegiados de la universidad, se les reconozca hasta seis horas semanales, en su plan de actividades, para atender las tareas propias de dichas representaciones.
8. BIENESTAR PROFESORAL
8.1 Solicitamos restablecer una disposición mediante la cual se dé la posibilidad de facilitar, económicamente hablando, que los hijos de los empleados de la universidad puedan educarse en ella.
8.2 Solicitamos que la UTP financie un estudio de factibilidad para la creación de una Unidad de Salud en la UTP, que preste servicios a todos los empleados de la institución.
8.3 Solicitamos un incremento del 20% anual en los recursos financieros que la Universidad dedica al desarrollo de los programas de Bienestar y que se definan las partidas para cada uno de ellos.
8.4 Solicitamos dotar o actualizar los computadores para todos los profesores de planta y ocasionales, con conexión óptima a redes de Internet, y adecuar los sitios de trabajo en concertación con salud ocupacional.
8.5 Solicitamos adecuar sedes sociales o hacer convenios con quienes las tienen, que permitan el esparcimiento y descanso de los profesores y sus familias, y además la realización de actividades deportivas y culturales de manera permanente.
9. SOBRE PENSIONES
9.1 La Universidad Tecnológica de Pereira continuará aplicando el Acuerdo No. 00023 de 1987 en todos sus aspectos a todos los empleados que se encuentran en régimen de transición de Ley 100 de 1993.
10. SOBRE LOS PERMISOS SINDICALES
10.1 Además de las disminuciones en la asignación de la labor académica para el ejercicio de actividades sindicales para dos miembros de la Junta Directiva de ASPU Risaralda, contempladas en el artículo primero del Acuerdo 014 del 21 de abril de 1994 emanado del Consejo Superior, y de los permisos sindicales para otros miembros del Sindicato que participen en eventos locales, regionales y nacionales, la Universidad otorgará disminución en la asignación de docencia directa a aquellos miembros de la organización sindical que hagan parte de la Junta Directiva Nacional de ASPU o de los organismos de dirección de la Federación o Confederación a las que esté afiliado ASPU Risaralda, garantizando de esta manera el cabal cumplimiento de sus funciones.
11. SOBRE LA REPRESENTACIÓN PROFESORAL
11.1 Solicitamos que se establezca la figura del SUPLENTE en la representación de los profesores en el Consejo Superior y en el Consejo Académico.
12. SOBRE LA GARANTÍA DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD
12.1 La Universidad incrementará en el 20% el rubro que viene reconociendo a ASPU Risaralda para pasajes y viáticos, y permitirá que dichos recursos se puedan utilizar en otras actividades propias del sindicato.
12.2 La Universidad Tecnológica de Pereira respetará la participación de los profesores temporales en los eventos en los cuales se analice la problemática de la universidad y las condiciones laborales del profesorado, y respetará las manifestaciones de orden sindical y gremial, que reclamen mejoras a sus condiciones laborales, sin señalamientos ni retaliaciones.
Pereira, Julio de 2009