ACUERDO N. 60

POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN MEDIDAS ESPECIALES PARA LA CULMINACION DEL SEGUNDO SEMESTRE ACADEMICO DE 2008.



EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,

C O N S I D E R A N D O

Que el segundo semestre académico de 2008 se ha visto afectado en su normal desarrollo por el conflicto que afecta a la universidad con ocasión de un pliego de peticiones presentado por los estudiantes.

Que en sesión del día de hoy 20 de noviembre se aprobó adoptar medidas especiales de culminación del presente semestre académico.

A C U E R D A

ARTÍCULO PRIMERO: El Consejo Superior apoya en todas su partes la decisión del Consejo Académico de modificar el calendario académico del 2008 y hace las siguientes adiciones y aclaraciones:
1- Los docentes a cargo de cada asignatura podrán utilizar metodologías alternativas y la red para concluir las mismas, así mismo, sedes alternas si lo consideran necesario y están en capacidad de hacerlo.
2- Las asignaturas que no hayan alcanzado como mínimo el 80% de avance y las evaluaciones respectivas con entrega de notas a fecha límite el 22 de diciembre serán canceladas.
3- Los docentes definirán qué contenidos desarrollarán y cómo evaluarán cada asignatura.
4- Los programas que lo deseen y dispongan de docentes podrán programar exámenes de suficiencia de acuerdo a los reglamentos de la Universidad durante el presente año.
5- Se autoriza cancelar asignaturas hasta el último día de clases sin penalidad, sin embargo, para efectos de la matrícula de honor deberán cumplirse las normas del Reglamento Estudiantil.
6- Se suspenden las clases de manera indefinida en el campus de La Julita.

ARTICULO SEGUNDO: El calendario académico definitivo será el aprobado por el Consejo Académico y particularmente en las siguientes determinaciones:
Ultimo día de clases ó asesorías Hasta el 12 de diciembre
Digitación de notas Hasta el 22 de diciembre
Pago de matrícula Hasta el 30 de diciembre
Inscripción de asignaturas para el Primer semestre académico de 2009 29 y 30 de diciembre

1. Las modificaciones adoptadas en el presente calendario no se aplicarán en el Área de Ciencias Clínicas del Programa de Medicina y en los programas que pudieron mantener la normalidad a juicio de los decanos, es decir, en ellos continuará el calendario original.
2. Las asignaturas que terminen antes, podrán programar evaluaciones con anterioridad a las fechas previstas en el nuevo calendario.
ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Pereira a los veinte días del mes de noviembre de dos mil ocho.


EVA JANETTE PRADA GRANDAS
Presidente

CARLOS ALFONSO ZULUAGA ARANGO
Secretario