La División de Servicios informa que se ha dado cumplimiento con el artículo No. 24 de la resolución 469 de 2004, en lo relacionado con la instalación y puesta en funcionamiento de los temporizadores para llamadas telefónicas por líneas fijas con un período de duración de diez minutos.



De igual modo se ha implementado el mecanismo de control para llamadas a celulares únicamente a través de celufijo, salvo la autorización expresa con que cuentan algunas líneas institucionales.

Agradecemos el buen uso y austeridad en el servicio telefónico de conformidad con las políticas adoptadas al respecto.

Hasta una próxima oportunidad.


Jefe División de Servicios