Dentro del proceso de Gestión de la Comunicación y la Promoción Institucional, Recursos Informáticos y Educativos - CRIE, tiene a cargo funciones de la Universidad Tecnológica de Pereira relacionadas con el Sistema de Imagen e Identidad UTP (Acuerdo Nº 13 del 8 de abril de 2008 y Acuerdo Nº 01 de marzo 8 de 2013 del Consejo Superior) y por ende, lidera la Comunicación Corporativa, siendo esta dependencia la encargada de reglamentar e implementar los lineamientos de aplicación, buen uso y suministro las diversas piezas comunicativas que la Universidad pretende publicar. Sin embargo, no es la única dependencia que crea piezas en la institución, ya que existen otras áreas que tienen estas ayudas y realizan su propio material. 


En este caso, se socializa y solicita de manera respetuosa, que todo material que implique la Imagen de la institución, se elabore bajo las instrucciones de Imagen e Identidad UTP y los lineamientos que desde el MEN se deben implementar en las piezas comunicativas que se emiten desde la institución. Es de resaltar, que el CRIE está atento a sus inquietudes y presto a brindar la asesoría si es necesario, además de la revisión de aquello que se desee emitir.

A continuación, resaltamos algunos parámetros de apropiación que cita la resolución del Ministerio de Educación Nacional: 

* En el portal de la Institución y las páginas web oficiales, deben tener ítems como el nombre de la Universidad, el cual debe ser similar al registrado en el SNIES, la resolución del Ministerio de Educación Nacional que otorga la personería jurídica, el carácter académico del establecimiento, el lugar de desarrollo de los programas académicos y su respectivo Código SNIES, al igual que el nombre completo de los programas académicos ofertados, el tipo de formación y de modalidad.

* En lo que compete a la publicidad de los programas académicos, solicitan incluir el número de resolución del Registro Calificado, la duración, el lugar donde es ofertado, desarrollado y dirigir a la página web donde se podrá ampliar información.

* Cuando los programas son en convenio, se debe informar e indicar el nombre de la Institución que otorgará el título académico más el Código SNIES. En el caso especial de ser un establecimiento del exterior, referenciar el código que acredite la legalidad y el órgano que lo inspecciona. Adicional a esto, evidenciar en las piezas el costo y actividades que van por parte del estudiante y si es o no un requisito para lograr la titulación.

* Un requisito infaltable es incluir de manera visible en las piezas, la advertencia "Vigilada Mineducación". En los anuncios emitidos por radio, la información sobre la Institución de Educación Superior, deberá estar seguida de la expresión "Institución sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional".

* Cuando las piezas son conjuntas con otras entidades, la frase "Vigilada Mineducación" deberá estar al lado inferior del nombre de la institución de Educación Superior. 

* Cuando la Universidad o alguno de sus programas son acreditados, podrán indicarlo así en sus piezas publicitarias de manera clara, legible e indicando el número de la resolución.

Para ampliar la información sobre esta resolución del MEN para las Instituciones de Educación Superior, se adjunta el documento en su totalidad.

Resaltamos que es fundamental contar con la ayuda y persistencia de todas las dependencias en su correcta difusión e implementación bajo los criterios creados y que es deber de la Universidad Tecnológica de Pereira cumplir a cabalidad y seguir permitiéndonos ser una Institución Reacreditada de Alta Calidad por el MEN y Certificada.

Para cualquier solicitud o inquietud puede comunicarse al correo electrónico imageneidentidad@utp.edu.co o al número (6) 313 7638.

 

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