Funciones principales del Comité de Convivencia:
-Evaluar en cualquier tiempo el clima organizacional de la Universidad con el fin de determinar el ambiente y la armonía en las relaciones de trabajo, formulando las sugerencias y consideraciones que estime necesarias.
-Promover el desarrollo efectivo de los mecanismos de prevención a que se refieren el objeto del acoso laboral.
-Examinar de manera confidencial, cuando a ello hubiere lugar, los casos específicos o puntuales en los que se planteen situaciones que pudieren tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral.
-Formular las recomendaciones que estimaren convenientes en las situaciones presentadas, manteniendo el principio de la confidencialidad.
-Hacer las sugerencias que considere necesarias para la realización y desarrollo de mecanismos de prevención, con énfasis en aquellas actividades que promuevan de manera más efectiva la eliminación de situaciones de acoso laboral, especialmente aquellas que tuvieren mayor ocurrencia al interior de la vida laboral de la Universidad.
-Atender las conminaciones preventivas que formulen los personeros, el Defensor del Pueblo, la Procuraduría o el Ministerio del Trabajo en desarrollo del numeral 2 del artículo 9 de la ley 1010 de 2006.