7. Participar en las actividades a las que sea convocado en el marco del Componente de Habilidades para la Vida.
La falta reiterativa de alguna(s) de las responsabilidades descritas anteriormente por parte del Joven en Acción, podrá ser causal de retiro del Programa JeA. Una vez se compruebe dicha(s) falta(s) la Coordinación Nacional del Programa, la Dirección de Transferencias Monetarias Condicionadas o la alta Dirección del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, procederá, a discreción, a retirar el joven del Programa JeA.
Como Joven en Acción tiene compromisos con el programa que debe cumplir. Mas información consulte el Manual Operativo. Cuarta versión, Resolución 01522 del 10 de junio de 2016 aquí: http://goo.gl/oMBbKZ