Es importante aclarar que esta revisión no implica violación a la privacidad, confidencialidad e integridad de la información contenida en los PC, dado que el software empleado en la verificación genera un inventario por red sobre los aplicativos instalados en cada equipo, sin que sea necesario ingresar al equipo ni remotamente, ni de manera presencial. 

Es por lo anterior, que agradecemos a los docentes, funcionarios administrativos y académicos revisar sus equipos para dar cumplimiento a las normas en materia de derecho de autor sobre programas de computador y estar atentos a las recomendaciones que sobre el aspecto se estarán emitiendo a través de los correos electrónicos.


Algunas recomendaciones que debemos seguir para el respeto a derechos de autor de programas de computador:


1. Los programas de computador que se adquieran en nuestra Universidad deben estar respaldados por los documentos de licenciamiento o transferencia de propiedad respectivos.

2. Todos los estudiantes, docentes y funcionarios de la Universidad deberán adoptar un comportamiento respetuoso del derecho de autor, bien como usuarios, creadores, o como personas que encargarán la elaboración de los programas.

3. La Universidad no deberá utilizar o adquirir programas de computador que se presuma violen el derecho de autor o los derechos conexos.


“Nuestro Sistema de Control Interno también incluye un cultura de autocontrol y respeto por los derechos de autor”

En archivo adjunto pueden ver la Resolución No. 519 del 12 de marzo de 1999, la cual establece disposiciones sobre el uso de software en la UTP y la Directiva presidencial 01 de 1999 y 02 de 2002.




Ver archivos adjuntos:

Directiva presidencial 01 de 1999.

Resolución 519 de 1999 UTP.

Directiva presidencia 02 de 2002.