El real responsable del fracaso de los intentos de reforma a la ley de Educación Superior el año pasado, fue el ánimo de lucro, incluido en la propuesta inicial Gubernamental de reforma a la ley 30. Aunque él existe para cualquier otra modalidad de educación, sea formal o no formal, lo cierto es que la legislación Colombiana, solo permite que la Educación Superior formal sea ofrecida por Instituciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro. Nadie ha objetado que la educación preescolar, básica y media, o que la formación para el trabajo o para el desarrollo humano como ahora se le llama, pueda ser prestada por instituciones que buscan el lucro; sin embargo, en el caso de la Educación Superior, se considera por vastos sectores sociales una opción inconveniente; al menos así se percibió en los diversos pronunciamientos previos. Tanto malestar causó, que a pesar de haberse retirado finalmente del proyecto radicado en el Congreso, la movilización opositora no pudo detenerse, sin su hundimiento.
La tendencia internacional, salvo contadas excepciones, es el de permitir al lado de las Instituciones sin ánimo de lucro, la existencia de empresas y corporaciones que la ofrecen como negocio. Ello ha ido configurando por lo general un tipo de Instituciones que se dedican a ofertas masivas, donde los costos y las inversiones sean menores. Ya incluso existen conglomerados internacionales que operan como multinacionales de la educación. Estados Unidos, Brasil y Chile son casos paradigmáticos en nuestro vecindario.
Recuerdo que dentro de los argumentos que circularon en el debate, estaban aquellos que decían que el lucro ya se estaba dando en algunas Instituciones de educación superior Privadas en Colombia y que de lo que se trataba era de sincerarnos, para que quienes se lucraran al menos pagaran impuestos. A esa argumentación se respondía que lo correcto era vigilarlas porque lo contrario significaba la aceptación de que se violaba la ley de manera impune. Se llego incluso a insinuar la necesidad de una especie de Superintendencia para la educación Superior.
Últimamente han ocurrido en Colombia algunas denuncias con relación a que se están produciendo negociaciones y transferencias del Gobierno de las Instituciones de educación superior privadas, mediante acuerdos no muy transparentes con inversiones directas o con alianzas. Se afirma que por la vía las tercerizaciones se provocan drenajes que en el fondo implican retornos de utilidades.
Hace muy poco una prestigiosa universidad pautó una página completa en un diario de circulación nacional aclarando que si habían recibido una oferta de compra pero que el consejo directivo no la había aceptado. Con todo respeto, la sola información es ofensiva. En Colombia las Instituciones de Educación Superior ni se compran, ni se venden. Esta confesión debería ser suficiente para iniciar una investigación.
Razón tenía el Dr. Fernando Hinestrosa Forero, en quizás su última intervención a los rectores, a propósito del homenaje que le rindió ASCUN a la Universidad Externado en la celebración de sus 125 años de vida y que debiera actuar como legado póstumo:
“Instituciones públicas e instituciones privadas sin ánimo de lucro. Esta expresión se dice y repite ¿cuál es su contenido? ¿Qué quiere esto decir? ¿Cuál es su alcance? Me pregunto si no ha llegado el momento de exigirle al legislador que defina el contenido de “sin ánimo de lucro”, para hacer claridad, para definir un concepto tan importante y de tanta trascendencia.”
Hay que acompañar al Dr Hinestrosa en su cavilación, que no solo es válida para la Educación Superior: Ni la ausencia del ánimo de lucro, ni mucho menos la autonomía Universitaria, pueden invocarse para evitar la transparencia con la sociedad.
No será que estamos buscando el ahogado aguas arriba?
Luis Enrique Arango Jiménez
Rector Universidad Tecnológica de Pereira
Presidente Sistema Universitario Estatal