Deben renovar aquellos beneficiarios que estén adelantando estudios universitarios o por ciclos y aquellos que cumplen doce años durante el segundo semestre del año. Son validos los certificados emitidos por establecimiento docente aprobado con un mínimo de cuatro (4) horas diarias de ochenta (80) mensuales. Ley 789 de 2002.

Se podrán presentar las constancias entregadas por cada una de las diferentes instituciones educativas.

Ya NO es necesario el formato entregado anteriormente por Aportes y Subsidio.

Se debe presentar original y copia. La copia les será devuelta como constancia de entregado en nuestra Caja de Compensación, ubicada en la carrera 5 21-30 Pereira, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. en jornada continua.

Si lo desea puede enviar el certificado escaneado a nuestro correo electrónico aportes@comfamiliar.com

Recuerde que la no presentación del certificado de Escolaridad es causal para la pérdida del subsidio familiar.