La Universidad Tecnológica de Pereira, mediante la Resolución de Rectoría No. 4685 del 10 de junio de 2026, reglamentó un descanso intersemestral de cuatro días continuos para el personal de planta administrativa, transitorios docentes y administrativos, y ocasionales de proyectos, en el marco del Plan de Bienestar Social Laboral.

La medida, sustentada en el programa de integración familiar contemplado en el Acuerdo 13 de 2019, busca promover espacios de integración, recreación y fortalecimiento de los vínculos familiares. Asimismo, el Consejo Superior Universitario, mediante el Acuerdo No. 64 del 3 de junio de 2026, autorizó cuatro días de descanso, de los cuales tres serán remunerados y uno corresponderá a tiempo compensado.

El beneficio podrá disfrutarse entre el 30 de junio y el 3 de julio de 2026. Para ello, los jefes inmediatos deberán concertar con cada colaborador la compensación del día laboral y reportarla a Gestión del Talento Humano mediante memorando antes del 16 de junio de 2026, sin afectar los horarios laborales aprobados.

La Resolución también establece que este descanso no podrá acumularse, reprogramarse ni interrumpirse por incapacidades, licencias, comisiones u otras situaciones administrativas, y no generará reconocimientos económicos ni efectos salariales o prestacionales adicionales. En el caso de los docentes transitorios, el beneficio no podrá afectar el cumplimiento de las actividades académicas, cursos intersemestrales o compromisos contractuales previamente programados.

Para ampliar esta información y conocer todos los aspectos contemplados en la medida, se recomienda consultar la Resolución de Rectoría No. 4685 de 2026: