imagenSe comparte información sobre el  Sistema PQRS en la UTP

Cuando el usuario ingresa al sitio web https://pqrs.utp.edu.co/ , debe tener en cuenta la siguiente información, antes de presentar un PQRS, la cual lo puede orientar en la resolución de sus inquietudes y solicitudes:

  • Preguntas Frecuentes más realizadas a: Admisiones, Registro y Control Académico, ILEX, Vicerrectoria de Responsabilidad Social y Bienestar Universitario.

  • Otras inquietudes en: ¿A dónde me dirijo si…?

  • Derechos de Petición de Interés General: en este enlace encontrará todos los derechos de petición de interés general manifestados por otros usuarios. Estos son de carácter público, con llevan a una resolución de fondo, que afecta los intereses de un colectivo o comunidad.

Definiciones de PQRS:

Sugerencia: Manifestación o idea que se ofrece con el propósito de incidir en el mejoramiento de un proceso cuyo objeto se encuentre relacionado con la prestación de un servicio.

Queja: Manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula un usuario en relación con una conducta que considera inadecuada en la prestación de un servicio por parte de uno o varios servidores públicos.

Reclamo: Manera de exigir, reivindicar o demandar una solución a la Universidad para que corrija la mala prestación de un servicio o la falta de atención a una solicitud.

Reclamo: Manera de exigir, reivindicar o demandar una solución a la Universidad para que corrija la mala prestación de un servicio o la falta de atención a una solicitud.

El término para brindar respuesta a estos requerimientos es de quince (15) días hábiles siguientes a su recepción.

Derecho de petición en interés general: Es el derecho que tiene toda persona de acudir ante las autoridades para reclamar la resolución de fondo de una petición presentada que afecta los intereses colectivos.

El término para brindar respuesta es de quince (15) días hábiles siguientes a su recepción.

Derecho de petición de información o documentos: Es el derecho que tiene toda persona de solicitar el acceso a información, ante las autoridades para el conocimiento de una actuación o un acto concreto y determinado por parte de éstas.

El término para brindar respuesta es de diez (10) días hábiles siguientes a su recepción.

Derecho de petición de consulta: Es el derecho que tiene toda persona de acudir ante las autoridades públicas para formular consultas, consulta en relación con las materias a su cargo.

El término para brindar respuesta es de treinta (30) días hábiles siguientes a su recepción.

Derecho Petición en interés particular: Es el derecho que tiene toda persona para realizar peticiones o solicitudes a las autoridades administrativas, solicitar el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio.

El término para brindar respuesta es de quince (15) días hábiles siguientes a su recepción.

Denuncia por corrupción: Es la puesta en conocimiento ante la Universidad de una conducta posiblemente irregular de un servidor público que corresponda al uso indebido del poder, la confianza, los recursos o la información que conlleve a lesionar los intereses de la Universidad para el beneficio propio o de otra persona.

Estos son otros medios que el usuario puede utilizar para presentar sus PQRS:

  1. A través del correo electrónico quejasyreclamos@utp.edu.co.

  2. Sus denuncias por corrupción al correo electrónico denunciascorrupcion@utp.edu.co.

  3. De manera presencial, ante cualquier dependencia de la Universidad Tecnológica de Pereira.

  4. En cualquier teléfono de nuestra Institución, puede consultar el directorio telefónico aquí.

  5. A través del teléfono 3137211 o la Línea Gratuita 01-8000-966781

    • Opción 1: Información en general.

    • Opción 2: Quejas y Reclamos.

    • Opción 3: Denuncias por Corrupción.

Horario de atención presencial y telefónica: de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.