El próximo 30 de junio de 2021 vencerá el plazo para actualizar el RUT por parte de aquellos contribuyentes cuya codificación de la actividad económica desarrollada haya cambiado con ocasión a la Resolución Dian 000114 de 2020.
Actividad asignada 0020 pensionados:
Personas naturales cuyos ingresos provengan de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional.
Quienes no efectúen la actualización incurrirán en la sanción prevista en el numeral 3 del artículo 685-3 del ET, en el cual se establece una multa equivalente a 2 UVT ($72.616 por 2021) por cada día de retraso cuando la desactualización se refiera a la actividad económica o dirección del obligado.