Se recuerda el procedimiento establecido para la solicitud de permisos remunerados en el formato 132 – F125 «formato de solicitud de permiso remunerado hasta por 3 días» establecido para tal fin y el cual se anexa a esta comunicación, para lo cual se debe tener en cuenta las siguientes directrices:

  • La solicitud de permiso debe contar con el visto bueno del jefe inmediato, y sin afectar la prestación del servicio de la dependencia a excepción de la calamidad doméstica.
  • No se autorizará permisos inmediatamente antes o después de periodos vacacionales, semana santa o descansos que sean programados por la Universidad; a excepción que corresponda a calamidad doméstica.
  • Ninguna persona podrá ausentarse de sus labores sin la autorización correspondiente y si así lo hiciere se iniciarán las actuaciones disciplinarias correspondientes.
  • Los tres (3) días hábiles se otorgan de forma continua, y no deben afectar la prestación del servicio en la dependencia en el caso que no corresponda a calamidad doméstica.
  • El formato debe radicarse diligenciado en Gestión de Documentos, firmado por el solicitante y con el visto bueno del Jefe Inmediato únicamente.
  • Después de radicado, Gestión de Documentos lo remitirá a la Vicerrectoría Administrativa para el visto bueno correspondiente.
  • Los permisos que sean por horas y hasta por un día, serán solicitados por el aplicativo de sistemas de información y avalados por el jefe inmediato.

Los permisos remunerados son de carácter personal y debidamente justificados.

De tener alguna inquietud puede comunicarse en la Vicerrectoría Administrativa y Financiera a la extensión 7174 o al correo viceadm@utp.edu.co, y en Gestión del Talento Humano a la extensión 7180 o al correo contratacion@utp.edu.co.

Estaremos atentos a sus requerimientos. 

Ver formato.